Soluciones y Legislación

Hasta el día de hoy, están en vigor 4 Reglamentos y una Directiva comunitaria,  una Ley y un R.D. nacionales. Todo esto regula la comercialización, etiquetado de productos e ingredientes alimenticios fabricados a partir de organismos modificados genéticamente o que contienen aditivos y aromas del mismo origen, y la liberación intencional o voluntaria en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente. Actualmente  son de aplicación, por lo que a etiquetado de alimentos transgénicos destinados al consumo humano se refiere los reglamentos 258/97, 1139/98, 50/2000 y 49/2000, siendo el 1139/98 modificado por el 49/2000  los que más nos afecta,  y en particular, lo que se establece en su articulo 2, que nos viene a decir que se etiquetaran todo alimento modificado genéticamente (AMG) que contenga proteínas o ADN procedente del alimentos transgénico. En este caso se hará mención en la etiqueta como  “fabricado a partir de soja/maiz modificada genéticamente”  o “modificado genéticamente”, o con asterisco en la palabras soja/maíz y anotación a pie de etiqueta. Además no deben  tener un etiquetado especial aquellos productos o alimentos que aunque se hayan obtenido de algún vegetal transgénico, no contengan ADN  ni proteínas derivados de la modificación genética. Esto también se cumplirá si el alimento  o ingrediente alimentario contenga un único ingrediente que no supere el límite del 2% en cada uno de los ingredientes alimentarios ni en los alimentos que contengan un único ingrediente, siempre que esta presencia sea accidental.

SOLUCIONES

  • Exigencia como consumidor. En la directiva 2001/18/CE en su artículo 24 expone que debe tenerse en cuenta las observaciones del público en lo relacionado en los OMG.
  • Exigir la publicación del listado de  OMG con fines comerciales que han sido autorizados o denegados, como dice la ley.
  • Debido a los riesgos planteados por los OMG no consumir ningún producto procedente de OMG.
  • Claridad en el etiquetado. Todos los cultivos alimenticios transgénicos deben etiquetarse como tal.
  • Aumentar el financiamiento para tecnologías agrícolas alternativas.
  • Terminar el financiamiento publico a la investigación en cultivos transgénicos que promuevan el uso de agroquimicos y que presenten riesgos medioambientales.
  • Los cultivos resistentes a herbicidas y otros cultivos transgénicos deben regularse como pesticidas.
  • Potenciar y apoyar en primer lugar la sostenibilidad ecológica, las tecnologías alternativas de bajos insumos, las necesidades de los pequeños agricultores y la salud y la nutrición humana antes que los intereses  biotecnológicos.

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